¿QUE ES LA PROPIEDAD HORIZONTAL ?
Para comenzar esta aventura creo que lo mejor es explicar a qué llamamos "Propiedad Horizontal". La primera vez que escuché el término, y me decían que era para referirse a las normas que se aplican en una Comunidad de Propietarios, me vino a la mente un edificio de varias plantas, y pensé que por qué no se llamaba "propiedad vertical", pues así es como vemos a dicho edificio. Pero claro, en realidad los pisos o locales se extienden horizontalmente, en planos superpuestos unos a otros; medimos su superficie de forma horizontal, un factor muy determinante como veremos.
Realmente el nombre es lo de menos, lo importante es saber que con el término de Propiedad Horizontal nos estamos refiriendo a un tipo especial de propiedad en el que se encuentran unidos inseparablemente elementos exclusivos de nuestra propiedad junto a otros que pertenecen a todos los miembros de la Comunidad. Es momento de un ejemplo: Somos propietarios de las paredes interiores de nuestra casa, de nuestras cañerías, del cableado eléctrico etc... pero es de todos los propietarios del edificio, el ascensor, las escaleras, el tejado, la piscina, la instalación de TV etc... Es esta mezcla pues de propiedad exclusiva y de copropiedad sobre oros elementos, lo que caracteriza la llamada y repetida "Propiedad Horizontal". No podemos vender por separado lo propio o lo común. Si vendes tu piso también estas vendiendo una copropiedad en los elementos comunes.
Y claro, si hay cosas que pertenecen a varias personas al mismo tiempo, pues ya tenemos aquí el gérmen de una "Comunidad de Propietarios" y de unas normas necesarias que les sean aplicables para hacer posible la convivencia más o menos civilizada entre sus miembros. Pero esto os lo cuento en la próxima entrada.
Para comenzar esta aventura creo que lo mejor es explicar a qué llamamos "Propiedad Horizontal". La primera vez que escuché el término, y me decían que era para referirse a las normas que se aplican en una Comunidad de Propietarios, me vino a la mente un edificio de varias plantas, y pensé que por qué no se llamaba "propiedad vertical", pues así es como vemos a dicho edificio. Pero claro, en realidad los pisos o locales se extienden horizontalmente, en planos superpuestos unos a otros; medimos su superficie de forma horizontal, un factor muy determinante como veremos.
Realmente el nombre es lo de menos, lo importante es saber que con el término de Propiedad Horizontal nos estamos refiriendo a un tipo especial de propiedad en el que se encuentran unidos inseparablemente elementos exclusivos de nuestra propiedad junto a otros que pertenecen a todos los miembros de la Comunidad. Es momento de un ejemplo: Somos propietarios de las paredes interiores de nuestra casa, de nuestras cañerías, del cableado eléctrico etc... pero es de todos los propietarios del edificio, el ascensor, las escaleras, el tejado, la piscina, la instalación de TV etc... Es esta mezcla pues de propiedad exclusiva y de copropiedad sobre oros elementos, lo que caracteriza la llamada y repetida "Propiedad Horizontal". No podemos vender por separado lo propio o lo común. Si vendes tu piso también estas vendiendo una copropiedad en los elementos comunes.
Y claro, si hay cosas que pertenecen a varias personas al mismo tiempo, pues ya tenemos aquí el gérmen de una "Comunidad de Propietarios" y de unas normas necesarias que les sean aplicables para hacer posible la convivencia más o menos civilizada entre sus miembros. Pero esto os lo cuento en la próxima entrada.

La norma que regula este tipo de Propiedad es la "Ley 49/1960 de 21 de Julio, sobrePropiedad Horizontal" que lógicamente ha sufrido muchas reformas hasta hoy día.
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